jueves. 21.11.2024

El Gobierno de Cantabria ha aprobado hoy una modificación del decreto que regula las ayudas al alquiler para que los beneficiarios de las mismas puedan cobrar la prestación económica en el tiempo que dure el estado de alarma sin tener que presentar la documentación que se exige mensualmente. De esta forma, la Dirección General de la Vivienda tramitará de oficio todas las ayudas que están calificadas y la justificación se hará a posteriori, cuando se levante el confinamiento decretado por las autoridades sanitarias.

Así, las cerca de 6.600 personas que ya tienen una resolución de calificación de alquiler protegido en vigor no tendrán que presentar mensualmente el modelo oficial de solicitud de concesión y pago mensual.

"La vivienda es una prioridad para este Gobierno y no podemos permitir que los ciudadanos se queden sin estas ayudas por causa de la alerta sanitaria", ha recalcado la consejera de Empleo y Políticas Sociales, Ana Belén Álvarez.

Impedir aglomeraciones

Aunque la documentación necesaria para percibir la ayuda al alquiler puede registrarse utilizando medios telemáticos, la mayor parte de las personas beneficiarias acuden a presentar la documentación en la Oficina de la Vivienda de Cantabria, antes del día 10 de cada mes.

Para impedir estas aglomeraciones y garantizar el cobro, el decreto modificado hoy determina que no hará falta cumplir este requisito y será la Dirección General de Vivienda quien eleve una propuesta de resolución de concesión y pago a las personas beneficiarias que dispongan de una resolución de calificación de alquiler protegido en vigor, así como de aquellas que puedan obtenerla durante la declaración del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.

A la finalización del plazo de vigencia del estado de alarma, todas las personas beneficiaras que hayan percibido la cuantía de la ayuda deberán presentar en la Oficina de la Vivienda de Cantabria, antes del día 10 del mes siguiente, el modelo oficial de solicitud de concesión y pago correspondiente a las ayudas abonadas en este periodo.

Aplazamiento de los pagos durante dos meses

Esta medida se suma a la publicada el pasado viernes de suspensión extraordinaria del pago del recibo del alquiler de vivienda o de las cuotas de amortización de capital e intereses de las viviendas de promoción pública durante dos meses, para las personas que acrediten que han perdido definitiva o temporalmente el empleo o han tenido una considerable disminución de ingresos en la unidad de convivencia a causa del brote epidémico.

El acuerdo se adoptó a propuesta de las Consejerías de Empleo y Políticas Sociales y de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo. Los afectados tienen que comunicarlo bien a la Dirección General de Vivienda o a la sociedad pública regional Gestión de Viviendas e Infraestructuras en Cantabria, S. L. (GESVICAN), para que procedan a la suspensión extraordinaria del pago de renta de alquiler o de las cuotas de amortización de capital e intereses.

25.000 cántabros

En esta misma línea, la Consejería que dirige Ana Belén Álvarez ya aprobó el pasado miércoles una Resolución para revocar la suspensión de los procedimientos administrativos de una veintena de programas sociales y de empleo de los que se benefician cerca de 25.000 cántabros.

La consejera ha explicado que desde el 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma para gestionar la crisis sanitaria del COVID-19, quedaron suspendidos los plazos administrativos, también el pago de estas ayudas, de ahí que su departamento publicara esta Resolución que "garantiza las ayudas a las familias que más lo necesitan".

Además de las ayudas al alquiler, en la Resolución se incluyó las ayudas económicas a las víctimas de violencia de género, las prestaciones vinculadas a la Ley de la Dependencia, la Renta Social Básica o las pensiones no contributivas, entre otras.

LAS AYUDAS AL ALQUILER SE CONCEDERÁN DE FORMA AUTOMÁTICA