lunes. 30.12.2024

El Ayuntamiento de Torrelavega ha abierto hoy miércoles 15 de febrero el plazo para solicitar la reducción de la tasa de agua, basura y alcantarillado en el recibo de 2017. El plazo estará abierto hasta el 31 de marzo y las solicitudes deberán presentarse en Aguas Torrelavega, en la calle La Viña.

El pasado año se beneficiaron cerca de 700 personas de esta convocatoria, para la que es necesario ser jubilado, pensionista o estar acogido al subsidio de desempleo; estar empadronado en Torrelavega; y tener determinados ingresos.

La concejal de Aguas, Verena Fernández, ha informado de que para poder ser beneficiario de esta reducción en la tasa de agua, basura y alcantarillado, ha explicado Fernández, hay que ser jubilado, pensionista o estar acogido al subsidio de desempleo; estar empadronado en Torrelavega; y tener unos ingresos que por todos los conceptos, de la unidad familiar o convivencia, no superará el 110%, que es año es de 778,47 euros. Asimismo, ha añadido, se incluirán en la bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico aquellos contribuyentes cuya renta en la Unidad Familiar sea inferior a: 1 persona/SMI euros; 2 personas/115% del SMI; 3 personas/120% del SMI; y 4 personas/125% del SMI. Otros requisitos que establece la convocatoria son carecer de bienes propios, salvo la vivienda que ocupen; titularidad de un solo vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales; y consumo inferior a 30 metros cúbicos la primera persona y 15 metros cúbicos más, a partir de las segunda persona.

En cuanto a la documentación que se debe acompañar a la solicitud, ha señalado que todos deberán presentar declaración de miembros de la unidad familiar, autorización firmada del interesado para que el Ayuntamiento pueda recabar datos tributarios en la Agencia Tributaria al nivel de renta (IRPF), el último recibo del agua y el DNI. Además, los jubilados y pensionistas deberán presentar notificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la revalorización de pensiones para 2017 tanto del solicitante como del cónyuge, si éste último no percibe pensión, aportará un certificado negativo expedido por el citado INSS, o justificante de otras pensiones (clases pasivas, asistenciales…). Y los acogidos al subsidio de desempleo deben adjuntar certificado de la Oficina de Empleo que acredite que se encuentran en dicha situación, así como si percibe o no prestación del INEM.

PLAZO PARA BONIFICAR EL RECIBO DEL AGUA