viernes. 19.04.2024

¿Quién no ha perdido en Torrelavega algún objeto, y se ha acercado a las dependencias de la Comisaría a ver si había aparecido? Y es que en este edificio policial se encuentra el depósito de objetos perdidos, que custodia la Policía Local. Un rincón en el que se acumulan llaves, gafas, carteras, prendas de ropa, paraguas, teléfonos y multitud de cosas varias, algunas de ellas perdidas y depositadas por quien las ha encontrado en las dependencias municipales, y otras incautadas a vendedores ilegales o decomisadas en operaciones policiales.

Un depósito que carecía de regulación sobre el cómo o el cuánto tiempo debían guardarse... hasta ahora. Esta misma semana la Corporación de Torrelavega ha aprobado por unanimidad, en el último Pleno ordinario de la legislatura, la Ordenanza Municipal Reguladora del Depósito, Custodia y Devolución de Objetos Perdidos.

"Hasta ahora había cierta indefinición sobre cuánto tiempo guardar los objetos, y el procedimiento para su devolución o destrucción", explica a RADIOSTUDIO el concejal de Seguridad y Policía, Pedro Pérez Noriega.

Así, a partir de ahora y en líneas generales, cada mes y durante un plazo de 14 días, el Ayuntamiento de Torrelavega expondrá en el tablón de anuncios el listado genérico de los objetos depositados.

Los objetos de valor permanecerán en depósito en la Oficina de Objetos Perdidos o Decomisados (OOPD) desde su admisión y por un plazo de dos años a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición del anuncio del hallazgo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torrelavega, en virtud de lo establecido en el artículo 615 del Código Civil, exceptuando los siguientes casos:

  1. El dinero en efectivo, que trascurrido un plazo máximo de dos meses desde su entrega, se ingresará en la cuenta del Ayuntamiento habilitada al efecto, hasta su devolución al propietario o hallador, en su caso. Si se tratara de divisa extranjera se ingresará su valor en euros. La devolución se hará por ese mismo valor en euros.
  2. La documentación perteneciente a personas de otras nacionalidades, no emitida por el Estado español, que se remitirá al Ministerio del Interior (Cuerpo Nacional de Policía) una vez transcurridos dos meses desde su entrega a la OOPD.
  3. Los objetos de escaso valor, entendiendo por tales los de importe no superior a 75 € sin hallador/a interesado/a en hacerse con la propiedad de los mismos, tales como ropa, paraguas, gafas, bolsos, llaves, juguetes, etc., por la imposibilidad de mantenerlos sin deterioro y para facilitar su aprovechamiento; una vez transcurridos dos meses desde su entrega.

 

Las personas que se presenten a reclamar algún objeto deberán facilitar los datos personales, debiendo justificar de forma fehaciente su propiedad, presentando facturas, contratos o cualquier otro documento o medio que demuestre la misma. En caso de no disponer de documento o medio alguno, tendrán que hacer una descripción detallada del objeto, concretando la fecha y lugar del extravío.

También se recoge en esta Ordenanza una regulación del procedimiento de devolución de los objetos decomisados, de acuerdo con la normativa vigente, por la Policía Local, de modo que se pueda articular un procedimiento para su devolución o, en caso contrario, destrucción o subasta de los mismos.

La Oficina de Objetos Perdidos y Decomisados permanecerá abierta las 24 horas del día, durante todo el año para recibir los objetos extraviados que sean presentados en la misma. Sin embargo, tanto para llevar a cabo una reclamación, como para obtener la devolución de alguno de tales objetos, la Oficina estará disponible de lunes a viernes, entre las 07:30 horas y las 13:30 horas (salvo festivos). 

EL RINCÓN DE LOS OBJETOS PERDIDOS YA TIENE ORDENANZA