VARAPALO A EDUCACIÓN: EL TSJC TUMBA LA SUSPENSIÓN DE LAS VACACIONES ESCOLARES
Tras escuchar las explicaciones de la consejería, los jueces acuerdan por unanimidad suspender cautelarmente la resolución que modificó el calendario escolar al considerar que Educación "no lo ha justificado debidamente"
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha suspendido cautelarmente la resolución de la Consejería de Educación que el pasado viernes modificó el calendario escolar para suspender las vacaciones escolares de esta semana (del 2 al 6 de noviembre) y declarar lectiva esta semana como medida para frenar la expansión del Covid. Esta suspensión supone que, a partir de mañana miércoles día 4, no habrá clase, después de haberse reanudado ayer lunes.
De este modo, el tribunal estima la medida cautelar solicitada por el sindicato Comisiones Obreras en el recurso contencioso-administrativo que ha presentado contra la citada resolución. Este sindicato ha convocado para las 18.30 horas de hoy una rueda de prensa de urgencia para valorar la decisión. Por su parte la Consejería de Educación ha declinado hacer ningún tipo de declaración al respecto.
La Sala del TSJC ha adoptado esta decisión por unanimidad una vez que ha conocido las alegaciones de la administración educativa y del ministerio fiscal, partes a las que se emplazó este lunes para que informaran sobre la medida cautelar.
En un auto dictado a primera hora de la tarde, el tribunal señala que "la administración debe explicar por qué, de qué modo y, con cuánta intensidad incide el respeto al periodo no lectivo sobredicho en la expansión de la enfermedad; por qué, cómo y en qué medida la eliminación de ese periodo no lectivo puede frenar esa expansión".
Entiende, en este sentido, la sala que "no se ha aportado por quien debe (la Consejería de Educación) justificación suficiente" para modificar el calendario, al tiempo que "queda sin acreditar el interés general de salud pública cuya realización inmediata podría sustentar la denegación de la medida cautelar solicitada".