MEDIO AMBIENTE

Publicadas las bases de adjudicación de los 125 huertos urbanos de Torrelavega

Huertos urbanos de Torrelavega en Sierrapando | Foto: Radio Studio

En total, más de 11.000 metros cuadrados repartidos en dos parcelas con 94 huertos en Sierrapando y 31 en la zona de Coteríos

A lo largo de hoy jueves se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torrelavega las bases que regulan la adjudicación de los huertos urbanos municipales. En total, más de 11.000 metros cuadrados repartidos en dos parcelas con 94 huertos en Sierrapando y 31 en la zona de Coteríos.

Los huertos están destinados a personas que residan en Torrelavega y que estén empadronadas desde hace más de un año en la ciudad. La concejala de Medio Ambiente de Torrelavega, Patricia Portilla, ha indicado que los huertos tienen un "carácter social" y que están "marcados por la sostenibilidad" porque pretenden ofrecer "una alternativa ocupacional, favorecer las relaciones intergeneracionales y fomentar hábitos de vida saludable".

Una de las novedades es que se "priorizará" la experiencia, es decir, aquellos usuarios que tenían su parcela tendrán prioridad y, además, podrán mantener la misma parcela que estaban utilizando hasta la fecha. También, dentro de ese carácter social al que hacía referencia la concejala, se dará prioridad a personas desempleadas, con rentas bajas, jubilados o personas con discapacidad.

Se reservarán tres parcelas para entidades sociales, que deberán presentar un proyecto para la adjudicación de esos tres huertos.

Para el resto de parcelas, es decir, aquellas que no pertenecían a un solicitante que presente, de nuevo, la solicitud, ni las tres destinadas a proyectos sociales; se adjudicarán por sorteo y tendrán validez por un periodo de tres años.

En cuanto a las técnicas a utilizar para el uso de los huertos, Portilla ha indicado que se basan en la agricultura ecológica, pudiendo plantarse hortalizas, plantas aromáticas, flores de uso hortícola o comestible y no se podrán cultivar especies alóctonas de carácter arbóreo ni organismos modificados genéticamente.

La edil ha recordado también que está terminantemente prohibida la venta de la producción, ya que se trata de huertos destinados al autoconsumo.

Las solicitudes se podrán presentar hasta 15 días después de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y la forma de presentación se podrá realizar de forma online, descargando los anexos y declaraciones responsables a través de la web del Consistorio o bien recogerlos en el registro municipal de forma presencial, que es donde deberán presentarse una vez se abra el plazo.

SOBRE LA DEMORA

La responsable de Medio Ambiente ha justificado la demora en la adjudicación por la situación de la parcela en Mies de Vega, en el Barrio Covadonga, donde la propiedad de la finca solicitó al Ayuntamiento su desalojo para albergar una futura construcción en la misma. "Hemos esperado a adjudicar para conocer con detalle las parcelas concretas", ha indicado la socialista.

REDUCCIÓN DE PARCELAS EN COTERÍOS

Por último, Portilla ha anunciado la desaparición de, aproximadamente, 12 huertos en la zona de Coteríos, en Tanos, debido a las futuras obras de Las Excavadas, que podrían afectar a una zona concreta de esa parcela y por ello pasan a ser 31 huertos.

BASES REGULADORAS

Requisitos:

a) Ser mayor de edad

b) Estar empadronado y residir efectivamente en el municipio de Torrelavega, al menos un (1) año antes de la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Cantabria.

c) Estar físicamente capacitado para realizar las labores agrícolas o cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en los huertos sostenibles.

d) No ser titular, la persona solicitante o cualquier otro miembro de la unidad familiar, de una autorización de uso de una parcela de huertos municipales (…)

 

Circunstancias singulares a efectos de valoración:

a) Llevar más de 1 año desempleados

b) Ser víctima de violencia de género.

c) Ser jubilados o con incapacidad permanente para el trabajo.

d) Obtención de una valoración positiva en la evaluación sobre el uso y el buen estado de huertos adjudicados en convocatorias anteriores.

e) Haber realizado previamente cultivo de hortalizas, y/o de plantas aromáticas, y/o de flores de uso hortícola o comestibles.

f) Ingresos mensuales del solicitante inferiores 2.001 €/mes (dos mil y un euros/mes).

g) Tener a su cargo una persona en situación de dependencia o con discapacidad igual o superior al 33%.

h) Persona con discapacidad igual o superior al 33%

 

Para la baremación de las solicitudes de personas físicas presentadas a la presente convocatoria, la comisión utilizará los siguientes criterios:

a) las personas en situación legal de desempleo obtendrán: 3 puntos.

b) Las personas víctimas de violencia de género obtendrán: 3 puntos

c) Cuando el solicitante sea jubilado, o sea una persona con incapacidad permanente absoluta para el trabajo: 3 puntos.

d) Según los ingresos mensuales del solicitante se asignarán los siguientes puntos:

 Las personas perceptoras de Renta Social Básica o Ingreso Mínimo Vital:

4 puntos

 Las personas que no sean perceptoras de Renta Social Básica o Ingreso

Mínimo Vital:

▪ Hasta 1.325,00 €/mes (mil trescientos veinticinco euros/mes):

3 puntos.

▪ Hasta 2.000,00 €/mes (dos mil euros/mes): 1 punto

 A partir de 2.001,00 euros/mes (dos mil y un euros/mes) o en el caso de que no se acrediten los ingresos: cero puntos

e) Por cada persona a su cargo en situación de dependencia o con discapacidad superior al 33 por 100: 3 puntos.

f) Por la experiencia previa:

▪ En el cultivo de huertos municipales sostenibles de Torrelavega: 4 puntos.

▪ En el cultivo de otros huertos o cultivos: 1 punto

g) Personas con discapacidad igual o superior al 33%: 3 puntos

Para participar en este procedimiento de adjudicación de autorizaciones de uso de las parcelas las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de quince 15) días hábiles desde la publicación de éstas bases en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes podrán presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega (https://sede.torrelavega.es), o presencialmente (en papel) en cualquier de los Registros de las Administraciones Públicas.

Cuanto el solicitante haya sido anterior cesionario de una de las parcelas objeto de esta convocatoria, deberá indicar, en la instancia, si desea continuar siendo usuario de la misma parcela, siempre que cumpla el resto de los requisitos previstos en estas bases.

Los que hayan sido cesionarios de una de las parcelas en el Huerto de Coteríos que sean objeto de la presente convocatoria, por haber sido adjudicatarios en una convocatoria anterior, y hayan solicitado seguir usando la misma parcela, dicha parcela se excluirá del sorteo y se adjudicará directamente a este solicitante, siempre que dicho solicitante haya obtenido en esta convocatoria como mínimo, la puntuación más baja de los que hayan resultado adjudicatarios de otras parcelas en el Huerto de Coteríos, y siempre que hubiera obtenido una valoración positiva en la evaluación sobre el uso y el buen estado de la parcela y su entorno.

Las personas que resulten cesionarias de las parcelas objeto de la presente convocatoria, deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ordenanza reguladora de la Red Municipal de Huertos Sostenibles, las Normas específicas de uso y aprovechamiento de las parcelas de la Red municipal de huertos sostenibles, y lo dispuesto en las bases. Así por ejemplo, se establece que:

  • Sólo podrán cultivar hortalizas, plantas aromáticas y flores de uso hortícola o comestible.
  • No está permitido el uso de maquinaria agrícola a motor.
  • El cultivo de las parcelas de la red de huertos se hará en todo momento de manera sostenible y respetuosa con el medio ambiente.
  • Está prohibida la comercialización de los productos obtenidos, que deberán tener una finalidad de autoconsumo.
  • Con carácter general, queda prohibido el riego con aspersores u otros medios que puedan invadir las parcelas colindantes.
  • No se pueden dejar residuos orgánicos o inorgánicos fuera de los lugares, contenedores o papeleras destinados o establecidos al efecto.
  • Está prohibida la quema de materiales orgánicos o inorgánicos, procedentes o no del cultivo de las parcelas.
  • Es obligación de las personas cesionarias de las parcelas mantenerlas limpias de vegetación espontánea, tierra, piedras o cualquier otro residuo, tanto la superficie de la parcela, como su cierre perimetral y los pasillos colindantes de la misma en la parte que corresponda según su ubicación.
  • Las personas cesionarias deberán mantener las parcelas cultivadas
  • No se podrán ubicar en las parcelas, sin previa autorización del Ayuntamiento, estructuras permanentes
  • Se prohíbe la presencia de perros o cualquier otro animal dentro del recinto de los huertos.

Para más información consultar el enlace:

https://sede.torrelavega.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_TABLON_AYUNTAMIENT